N.º 17 | Noviembre de 2026, Semana 1
3 de noviembre de 2026Desde el acuerdo de 220 millones de dólares de GM por la venta de datos de conductores hasta la multa de 7 millones de euros impuesta a Fnac por el rastreo silencioso de aplicaciones, las autoridades reguladoras actúan con firmeza contra la vigilancia oculta. Mientras tanto, Lyft y Rogers se enfrentan a cuantiosas multas por ocultar los derechos de privacidad y engañar a los clientes sobre los planes de datos "ilimitados".

General Motors pagará 220 millones de dólares por vender datos privados de los conductores
- Jurisdicción
- Estados Unidos
- Nombre legal del infractor
- General Motors
- Domicilio del infractor
- Estados Unidos
- Presunta infracción
- Infracción de protección de datos
- Medida de aplicación
- Multa de 220 millones de dólares
- Estado del caso
- Medida administrativa
General Motors (GM) ha acordado pagar 220 millones de dólares para resolver una demanda iniciada por 36 estados de EE. UU. por la venta de datos personales de los conductores.
La demanda acusaba al fabricante de automóviles de recopilar y compartir la ubicación y la información de conducción de los clientes con intermediarios de datos, quienes luego la vendían a aseguradoras. Según se informa, los datos se utilizaban para influir en cuánto pagaban los conductores por el seguro.
El programa «Smart Driver» de GM operó entre 2016 y 2024. Se animaba a los clientes a unirse, con la empresa afirmando que el seguimiento de los hábitos de conducción podía ayudar a mejorar la seguridad vial.
Sin embargo, las autoridades afirmaron que GM compartió la información con terceros sin informar debidamente a los clientes ni obtener su consentimiento.
Según se informa, muchos conductores se inscribieron en los concesionarios al comprar sus coches. Los empleados de los concesionarios también recibieron bonificaciones e incentivos por inscribir a los clientes en el programa.
Como parte del acuerdo, GM está obligada a obtener el consentimiento claro de los clientes antes de recopilar o compartir datos de conducción. La empresa también debe limitar la cantidad de información que recopila, mejorar la protección de datos y proporcionar mejor formación al personal de los concesionarios.
Italia multa al Consejo Notarial y al Ministerio de Justicia por violaciones de la protección de datos
- Jurisdicción
- Italia
- Nombre legal del infractor
- Varias entidades
- Domicilio del infractor
- Italia
- Presunta infracción
- Violaciones del tratamiento de datos
- Medida de aplicación
- Multa de 15 000 €; multa de 20 000 €
- Estado del caso
- Medida administrativa
La Autoridad de Protección de Datos de Italia ha multado al Consejo Nacional de Notarios (CNN) con 15 000 € y al Ministerio de Justicia con 20 000 € por el tratamiento de datos personales durante la convocatoria de 2024 para cubrir 400 puestos de notario.
La investigación comenzó tras informes de prensa que afirmaban que el Consejo había publicado un documento con los results de los exámenes escritos, junto con comentarios y anotaciones no oficiales sobre algunos candidatos.
La investigación determinó que un miembro de la comisión examinadora había presentado erróneamente una lista de candidatos admitidos al examen oral, que incluía comentarios no autorizados. El miembro actuó de forma independiente, sin aprobación de la comisión ni del Ministerio de Justicia.
La autoridad también constató que el ministerio había expuesto los resultados de la prueba escrita, incluidos los nombres de los candidatos que no habían calificado para la prueba oral, en la entrada de sus oficinas. La normativa exige que solo se publique la lista de los candidatos aprobados y limita dónde se pueden exhibir los resultados.
También se constató que el Consejo Nacional de Notarios había compartido la lista de candidatos con los notarios inscritos antes de que el Ministerio anunciara oficialmente los resultados. Publicó brevemente una versión que contenía notas no oficiales que diferían de la lista oficial del Ministerio.
Las multas se impusieron en virtud de las órdenes n.º 761 y 762, ambas fechadas el 7 de octubre de 2026. Dado que las infracciones habían prescrito, la autoridad decidió no imponer medidas correctoras adicionales a ninguna de las dos administraciones.
Fnac Darty multada con 7M € por rastreo ilegal en apps
- Jurisdicción
- Francia
- Nombre legal del infractor
- Fnac Darty
- Domicilio del infractor
- Francia
- Presunta infracción
- Infracción de la Ley de Protección de Datos de Francia
- Medida de aplicación
- Multa de 7 millones de euros
- Estado del caso
- Medida administrativa
La autoridad francesa de protección de datos (CNIL) ha multado a la importante cadena europea de electrónica Fnac Darty con un total de 7 millones de euros por rastrear a los usuarios a través de su aplicación móvil sin su consentimiento.
La investigación comenzó tras una queja de la organización de privacidad None Of Your Business (NOYB). Tras una auditoría en marzo de 2024, la CNIL determinó que abrir la aplicación enviaba automáticamente datos del usuario a servidores externos, incluidos identificadores de dispositivos y actividad de navegación.
Los datos se utilizaron para ofrecer recomendaciones personalizadas de productos y entrenar los algoritmos de recomendación de las empresas. Sin embargo, los usuarios no habían dado su consentimiento para el seguimiento.
La CNIL dictaminó que la práctica violaba el artículo 82 de la Ley de Protección de Datos de Francia. El regulador determinó que el rastreo no aplicaba ninguna exención legal y, por tanto, requería el consentimiento previo de los usuarios. Como resultado, Fnac Darty Participations et Services fue multada con 6 millones de euros, mientras que Fnac Direct recibió una multa de 1 millón de euros.
Lyft acepta pagar 1,8 millones de dólares por violaciones de privacidad de California
- Jurisdicción
- Estados Unidos
- Nombre legal del infractor
- Lyft
- Domicilio del infractor
- Estados Unidos
- Presunta infracción
- Infracción de la legislación sobre privacidad
- Medida de aplicación
- Multa de 1,8 millones de dólares
- Estado del caso
- Medida administrativa
La empresa estadounidense de transporte compartido Lyft ha acordado pagar 1,8 millones de dólares en sanciones civiles para resolver las denuncias de que infringió las leyes de privacidad de California.
El acuerdo sigue acusaciones de que Lyft dificultó a los usuarios optar por no tener su información personal vendida o compartida. Bajo la Ley de Privacidad del Consumidor de California (CCPA), las empresas deben ofrecer a los consumidores una forma clara y sencilla de ejercer este derecho.
Según la Fiscalía General de California, Lyft ocultaba anteriormente su opción de exclusión detrás de varios enlaces en su política de privacidad. Los usuarios también tenían que volver a iniciar sesión y proporcionar información personal adicional para completar el proceso.
La investigación reveló que el mecanismo creaba barreras innecesarias para los consumidores que intentaban proteger su privacidad. Lyft también había estado compartiendo información personal, incluidos datos de localización, para mostrar anuncios dirigidos en su aplicación desde mediados de 2023.
Además de la multa de 1,8 millones de dólares, Lyft está obligada a introducir una clara opción de opt-out directamente en su aplicación e informar a los usuarios de California de su derecho a impedir la venta de información personal.
Multan con 15 millones de dólares a un importante proveedor de telecomunicaciones canadiense por sus afirmaciones sobre datos «ilimitados»
- Jurisdicción
- Canadá
- Nombre legal del infractor
- Rogers Communications
- Domicilio del infractor
- Canadá
- Presunta infracción
- Publicidad engañosa
- Medida de aplicación
- Multa de 15 millones de dólares
- Estado del caso
- Medida administrativa
Rogers Communications, una importante empresa canadiense de telecomunicaciones y medios de comunicación, ha sido ordenada a pagar una multa administrativa de 15 millones de dólares por publicidad engañosa de sus planes de telefonía móvil «Infinite».
La Competition Bureau de Canadá presentó una solicitud ante el Competition Tribunal en diciembre de 2024, alegando que Rogers daba a los clientes la falsa impresión de que sus planes ofrecían datos ilimitados.
Sin embargo, los planes reducen significativamente la velocidad de Internet una vez que los clientes alcanzan un determinado límite de datos, lo que significa que los usuarios pueden sufrir un servicio mucho más lento, aunque los datos sigan disponibles.
El Tribunal también ordenó a Rogers que publicara un aviso rectificativo y reembolsara al Competition Bureau por sus honorarios legales.
Aviso legal: La información de este blog procede de fuentes públicas y gubernamentales. Recordamos respetuosamente a nuestros lectores la presunción de inocencia. La información aquí contenida se proporciona únicamente con fines educativos y no constituye una opinión ni un asesoramiento jurídico.